jueves, 19 de febrero de 2009

Sanción del Proyecto de Ley de Patrimonio Histórico-Cultura de Pueblo Liebig

El Senado declaró, con la sanción de un proyecto, como patrimonio histórico-cultural de la Provincia la localidad de Pueblo Liebig, ubicada en el departamento Colón. La ley resolverá, una vez aprobada en Diputados y reglamentada, un grave problema que afecta a sus pobladores que es el desguace y venta lo que otrora fuera la Fábrica Colón. "Ahora inclusive correrían peligro las viviendas", dijo el senador por el departamento Colón, Oscar Arlettaz (PJ).

Con la sanción lograda anoche quedan alcanzadas por la declaración “todas las construcciones existentes en el radio urbano de dicha localidad, predio deportivo, balneario, casas habitaciones, instalaciones, mobiliario actual de la misma, sean estas privadas o no; edificaciones que serán considerados “Lugar Histórico Cultural de Entre Ríos” y quedarán sujetos al régimen de Monumento Histórico Provincial”.

Y, además “se prohíbe toda destrucción, modificación. reforma, ampliación, refacción, refuncionalización y/o intervención que afecte las edificaciones protegidas, tanto en su estructura arquitectónica como morfológica sin contar con la previa y expresa autorización del Área Patrimonio Cultural y Ambiental de la Subsecretaría de Cultura”.

El texto, que logró unanimidad, subraya que “tampoco podrán ser cambiados de destino dichos edificios sin contar con la autorización precedente. Cualquier intervención que deba realizarse sobre ellos deberá contar con el asesoramiento técnico especializado y pertinente, debiendo para ello el Poder Ejecutivo Provincial, proveer del personal idóneo para cumplir con la finalidad proteccionista que persigue la presente declaración”.

Por otra parte se sostiene que “la administración, uso y gestión de los bienes afectados que pertenezcan al dominio público, quedará confiada la Junta de Gobierno de Pueblo Liebig quién ajustará su utilización a las limitaciones emergentes de la mencionada declaración”.

En la parte de económica y de acuerdo al texto al que accedio RecintoNet, se prevén duras sanciones para quienes intenten algún tipo de agresión, deterioro o destrucción de estas propiedades como lo indica el artículo 6to de la presente Ley “ Cuando los bienes que se conservan y preservan por esta Ley sean objetos de agresión, el autor será sancionado con pena de multa que va desde un mínimo de Diez mil pesos ($ 10.000) y hasta un máximo de Cincuenta mil pesos ($ 50.000) teniendo en cuenta para su determinación la magnitud del daño ocasionado”.

Incluso, si fueran objeto de deterioro, destrucción parcial, alteración o se incumpla alguna de las obligaciones, la sanción será como mínimo la suma de Cincuenta mil pesos ($ 50.000) y hasta un máximo de Ciento Cincuenta Mil Pesos ($ 150.000), teniendo en cuenta para su determinación la magnitud del daño ocasionado.

Y si la transgresión consistiera en la destrucción total, pérdida, ocultamiento o similar, la sanción será, desde un mínimo equivalente a Ciento Cincuenta Mil Pesos ($ 150.000), y hasta un máximo de Quinientos Mil pesos ($ 500.000). Cuando por las características del hecho, fuera posible la recuperación y/o restitución del bien protegido, a su estado anterior, ello se logrará con cargo al infractor o responsable. (RN)

Fundamentos

En los fundamentos, el proyecto del senador Arlettaz contempla “en el trazado del Pueblo se distinguen los distintos sectores que lo componen, bien diferenciados: la fábrica, el barrio de obreros y personal jerárquico. A su vez ésta diferenciación se deduce por la forma de agrupación de viviendas, tipos de acceso y detalles arquitectónicos. Las características de ésta arquitectura no tiene antecedentes locales, responde a exclusivamente a tipologías de uso en Inglaterra. Es destacable la excelente técnica constructiva.

En cuanto al esquema de organización del pueblo podría decirse que los ejes de cada barrio forman un ángulo en cuyo vértice se encuentran las instalaciones industriales. De la administración y la Fábrica partía “la Manga” para acceso de animales, que atravesaba todo el núcleo urbano. A la vez formaba una barrera de separación entre los barrios: “el Pueblito” y “los Chalets”. En “el Pueblito” residían capataces, obreros y demás personal administrativo. Allí estaba la escuela, el club Liebig y el establecimiento comercial, un gran edificio que servía de proveeduría, estafeta y sitio de reunión.

Las viviendas responden a tipologías muy simples, de largos frentes con zaguanes que eran acceso a dos de ellas, el que era macado por un arco de medio punto que desembocaba en el patio, espacio común para todos, aunque se delimitaba cada propiedad por una cerca.
Otros edificios destacables son la Biblioteca, el “Lawn tennis”, la Oficina de Correos. Sobresale el edificio el “Mess”, amplio y equipado para personal jerárquico sin familia y visitantes, y la suntuosa casa “de Visitas” para los patrones de Europa.

En cuanto a materialización se observan excelentes mamposterías de ladrillos, estructuras de hierro y cubiertas de chapa de vistosas resoluciones con un elemento importante, las chimeneas. Las carpinterías en general son de madera y las galerías cerradas con tejido metálico. Pueblo liebig fue la primera localidad en contar con agua corriente, luz eléctrica, hielo y sanitarios adecuados.

Este poblado fundado en 1863, surge como consecuencia de una actividad comercial de la Inglaterra Victoriana y es un ejemplo característico, que debe preservarse por su valor arquitectónico y urbanístico y como muestra del poderío económico del imperio británico en el mundo. Estos terrenos pertenecientes a la firma Liebig, luego pasaron a formar parte del ex Frigorífico Colón SA hoy abandonado y desmantelado.

A partir del cierre del frigorífico, el camino que ha encontrado la Comunidad de Liebig para superar su estancamiento económico, es el turismo, por lo que este paseo es fundamental como atractivo turístico.

Es así, como Pueblo Liebig ha ido definiendo como su principal producto turístico su patrimonio arquitectónico-urbanístico, patrimonio que este proyecto busca preservar de su inevitable destrucción”.

Fuente: www.recintonet.com.ar

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